martes, 3 de marzo de 2020

Convocatoria becas Fundación SEPI y Telefónica

PROGRAMA FUNDACIÓN SEPI – TELEFÓNICA 2020

BASES DE LA CONVOCATORIA

La FUNDACIO N SEPI, F.S.P. (en adelante, la FUNDACIO N), de conformidad con los términos del contrato de fecha 14 de febrero de 2020, suscrito con TELEFO NICA DE ESPAN+ A, S.A.U. (en adelante TELEFO NICA), convoca las becas correspondientes al Programa Fundació n SEPI - TELEFO NICA 2020(en adelante, el Programa).
1. CARACTERÍSTICAS DE LA CONVOCATORIA
1.1. El Programa tiene como finalidad facilitar a jó venes titulados universitarios o estudiantes con un máximo pendiente de 30 créditos ECTS por aprobar; o titulados de grado superior de formació n profesional, perı́odos de formació n práctica, como becarios y becarias, en centros de trabajo de TELEFO NICA bajo la supervisión de tutores o tutoras.
La FUNDACION y TELEFO NICA fomentarán la participació n en este Programa de personas con algún tipo de discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100, siempre que reú nan los requisitos establecidos y la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes.
Asimismo, fomentarán la participació n en este Programa de “deportistas de alto nivel”, en aras de la especial protecció n que, a juicio de las partes, merece este colectivo, a que se refiere el Real Decreto 971/2007, de 13 de julio.
1.2. Durante el añ o 2020 la FUNDACIO N podrá llevar a cabo diversos procesos de selección dentro de la presente convocatoria del Programa.
1.3. Cada uno de los procesos de selección que se realicen será independiente de cualquiera de los anteriores y, por tanto, se podrán modificar las condiciones de preselección y las titulaciones requeridas en cada uno de ellos y el número de becas ofertadas por TELEFÓNICA.
1.4. Las titulaciones requeridas se publicarán como anexo a las presentes bases, en el que se establecerá, además, el plazo para la presentació n de solicitudes.
1.5. Compete a la FUNDACIÓN, la publicación y la dirección del proceso de selección correspondiente, así como la concesión de los beneficios del Programa y, en su caso, la suspensión o cancelación de los mismos.

2. CARACTERÍSTICAS LAS BECAS
2.1. Duración y prórrogas de las becas.
2.1.1. Las becas tendrán una duración inicial de seis meses, desde la fecha de incorporación de las personas beneficiarias.
Los becarios y becarias que se incorporen, sea cual sea la causa, en fecha posterior a la que finalmente se establezca, verán reducida su dotación en la parte proporcional que corresponda al periodo de formación práctica no desarrollado.
En estos casos, la FUNDACIÓN podrá ampliar la duración de la beca, previa petición de TELEFÓNICA, hasta completar el período formativo establecido.
2.1.2. A solicitud de TELEFÓNICA, la FUNDACIÓN podrá prorrogar las becas por otro período de seis meses, en análogas condiciones a las establecidas en el apartado anterior. Por tanto, si la FUNDACIÓN autorizara la prórroga solicitada, el período formativo total sería de doce meses.
2.2. Dedicación.
Las personas beneficiarias de las becas deberán cumplir el horario que corresponda al centro de trabajo y departamento en el que se desarrolle la práctica formativa, con estricto respeto a su condición de becarios y becarias.
2.3. Distribución geográfica.
La formación práctica de las personas beneficiarias de una beca podrá llevarse a cabo en alguno de los centros que TELEFÓNICA tiene establecidos en España.
En el transcurso de su periodo de formación, y cuando las necesidades de formación así lo requieran, los becarios y becarias podrán realizar desplazamientos fuera del centro al que inicialmente sean asignados, acompañados por su tutor o tutora, o persona por éstos designada.
2.4. Beneficios del Programa.
2.4.1. La persona beneficiaria del Programa tendrá derecho a obtener los siguientes beneficios:

a) A disfrutar de un período de formación práctica en alguno de los centros u oficinas de TELEFÓNICA, de conformidad con el plan formativo de su beca.
b) A percibir una dotación por el periodo formativo integrada por:
 Una asignación económica mensual, o parte proporcional que corresponda en función de la fecha de incorporación a la beca, que variará en función de las siguientes circunstancias:
o 975 €, para las personas que hayan finalizado los estudios de máster universitario, licenciatura o ingenierı́a superior.
o 875 €, para las personas que hayan finalizado los estudios de diplomatura, ingenierı́a técnica o grado (Plan Bolonia).
o 875 €, para las personas que ostenten la condición de estudiantes de máster (a falta de un máximo de 30 créditos Dicho importe será percibido hasta el mes en que acrediten, ante la FUNDACION, haber aprobado el total de créditos necesarios para finalizar el master y solicitado el tı́tulo correspondiente. A partir del mes siguiente a dicha comunicació n, la mensualidad ascenderá a 975 €.
o 800 €, para las personas que ostenten la condició n de estudiantes de grado (a falta de un máximo de 30 créditos). Dicho importe será percibido hasta el mes en que acrediten, ante la FUNDACION, haber aprobado el total de créditos necesarios para finalizar el grado y solicitado el tı́tulo correspondiente. A partir del mes siguiente a dicha comunicació n, la mensualidad ascenderá a 875 €.
o 800 €, para las personas tituladas de grado superior de FP. Dichos importes serán percibidos durante los meses que dure el período formativo.
En el supuesto de que la persona en formación práctica pase a una situación de incapacidad temporal, tendrá derecho a percibir el 100 % de su asignación durante el primer mes de baja (salvo que se haya
procedido a la suspensión de la beca por las circunstancias que concurran en el caso). A partir de ese momento, percibirá la parte de asignación que le corresponda, conforme a los criterios fijados para
estos casos en la normativa de la Seguridad Social.

 Un seguro de accidentes que será suscrito por la FUNDACIÓN a su favor.
c) A ser incluido en el régimen general de la Seguridad Social, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación. La acción protectora de la Seguridad Social respecto de las personas beneficiarias de las becas, será la que se deriva de su citada inclusión en el régimen general de la Seguridad Social, con la única exclusión de la protección por desempleo.
2.4.2. En el caso de que la beca sea prorrogada, tendrán los mismos beneficios a los establecidos en el punto 2.4.1.
2.4.3. Sobre las cantidades a percibir por el becario y la becaria, la FUNDACIÓN practicará las retenciones tributarias y las deducciones por cuotas de la Seguridad Social que resulten exigibles en cada caso, de acuerdo con la normativa aplicable, y comunicará a la Base Nacional de Subvenciones, en cumplimiento de la normativa vigente, a efectos estadísticos, los importes
entregados por este concepto.
2.4.4. La FUNDACIÓN transferirá a cada persona en formación práctica la cantidad que proceda, dentro de los cinco primeros días del mes siguiente al que corresponda.

2.5. Situación jurídica de las personas beneficiarias..5.1. Las personas adjudicatarias de las becas ostentarán la condición de becarios y becarias de la FUNDACIÓN. Durante su período de formación quedarán sujetas a las normas de la FUNDACIÓN, sin que ello comporte la existenciab de relación laboral alguna entre ambas partes. De acuerdo con el citado Real Decreto 1493/2011, los becarios y becarias se hallan asimilados a trabajadores por cuenta ajena, a efectos de su inclusión en el régimen general de la Seguridad Social. Por mandato legal –artículo 5.1 del citado Real Decreto -, la FUNDACIÓN queda obligada a incorporar a estas personas
a la Seguridad Social, asumiendo, en relación con dicho colectivo, los derechos y obligaciones en materia de Seguridad Social establecidos para para el empresariado en el mencionado régimen general.
2.5.2. Las becas serán concedidas por la FUNDACIÓN en exclusivo interés de las personas beneficiarias, teniendo la naturaleza de ayudas a su formación, y no de remuneración o salario. Por ello, la labor formativa desarrollada por TELEFÓNICA a su favor no comportará la existencia de un vínculo laboral entre ambas partes. Durante su período de formación, las personas becarias quedarán sujetas a las normas de la FUNDACIÓN, sin perjuicio del deber de atender las orientaciones que les formulen los tutores y tutoras de TELEFÓNICA, que les sean asignados en el ejercicio de su acción formativa, y evaluarán la actitud y aptitud demostrada por las personas becarias respecto de la formación práctica que se lleve a cabo.

2.6. Incompatibilidades.
El disfrute de una beca del Programa será incompatible con la realización de cualquier actividad por parte de la persona en formación práctica ya sea por cuenta propia o ajena, retribuida o no, que, a juicio de la FUNDACIÓN, interfiera el correcto desarrollo del periodo formativo. También resultará incompatible con el cobro de las prestaciones por desempleo o de cualquier otro tipo de beca de similares características, de la que deberá informar a la FUNDACIÓN de manera inmediata, una
vez conocida.
 
3. REQUISITOS DE LAS PERSONAS CANDIDATAS
3.1. Con carácter general, en todos los procesos de selección que se realicen durante la vigencia de la edición 2020, aquellas personas candidatas que deseen optar a alguna de las becas integradas en el Programa, deberán cumplir los siguientes requisitos:
3.1.1. Haber nacido con posterioridad al 31 de diciembre de1990.
3.1.2. Haber obtenido el título académico de que se trate con posterioridad al 31 diciembre de 2015
3.1.3. Nivel medio/alto del idioma inglés.
3.1.4. Estar dispuesto a fijar la residencia en el lugar donde vaya a recibir su formación práctica.
3.1.5. No haber sido beneficiario o beneficiaria de algún programa de becas de la FUNDACIÓN, ni haber renunciado a alguna beca otorgada por esta institución durante el periodo formativo, a excepción de las becas pertenecientes a los programas de Talentum Startups

3.2. Con carácter específico para el proceso de selección en curso:
3.2.1. Haber concluido, antes de la fecha de incorporación a la beca, los estudios necesarios para la obtención de un título oficial universitario o superior de formación profesional realizados en cualquiera de los centros del Espacio Europeo de Educación Superior o, en otro caso, homologados por el Ministerio de Educación y Formación Profesional.
Dichos títulos están relacionados en el anexo a estas bases y corresponden al proceso de selección de que se trate.
Las titulaciones deberán acreditarse mediante exhibición de original o copia egitimada en el momento en que se soliciten.
3.2.2. Podrán también presentar su candidatura y optar a las becas convocadas las personas estudiantes universitarias que tengan, como máximo, 30 créditos ECTS pendientes de aprobar, antes de la fecha de incorporación a la beca.

4. PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES
Las solicitudes deberán ser presentadas exclusivamente cumplimentando el formulario establecido al efecto en la página web de la FUNDACIÓN (www.fundacionsepi.es). No serán admitidas solicitudes presentadas a través de otro medio.
El plazo de presentación para acceder al proceso de selección en curso, figura en el anexo a estas bases correspondiente a dicho proceso.
Una vez terminado el plazo de presentación de solicitudes del proceso de selección correspondiente, quienes concurran a la beca podrán ver el estado de su solicitud a través del apartado “consulte su solicitud” de la página web anteriormente indicada.
 
5. EVALUACIÓN, SELECCIÓN Y CONCESIÓN DE BENEFICIOS
5.1. Los procesos de selección serán llevados a cabo por un jurado (en adelante, el Jurado). Las personas que lo componen serán nombradas por el Director General de la FUNDACIÓN a propuesta de TELEFÓNICA y de la FUNDACIÓN, y estará asistido y coordinado por responsables de la misma. La presidencia del Jurado recaerá en alguna de las personas representantes de la FUNDACIÓN.
5.2. Los procesos de selección de los becarios y becarias comprenderán las siguientes etapas:
5.2.1. Exclusión de candidaturas: Serán excluidos cuando no reúnan los requisitos establecidos en la base tercera, y aquéllas cuyas solicitudes no contengan todos los datos requeridos o hubieran sido cumplimentados de forma errónea o no ajustada a la realidad.
5.2.2. Preselección de los candidatos:
En la misma, el Jurado tendrá en cuenta los siguientes aspectos:
 La media académica -ponderada según el número de cursos de que constan los estudios que les facultan a presentar la solicitud de beca y el de años transcurridos para completarlos o, en el caso de las personas que sean estudiantes universitarios, los transcurridos desde que la iniciaron hasta la fecha de presentación de la solicitud -, la titulación y, en su caso, la especialidad, la participación en Programas Sócrates (Erasmus y Leonardo) o similares.
 Las prácticas en empresas, especialmente las realizadas en el Grupo Telefónica, y el nivel de inglés.
 El grado de discapacidad, en su caso.
 La pertenencia al colectivo de “deportistas de alto nivel”.
5.2.3. Prueba de inglés: Podrá establecerse la realización de una prueba de inglés que permita evaluar el nivel de las personas candidatas.
5.2.4. Entrevista con el Jurado: Su finalidad será evaluar el nivel de adecuación y aptitud de los candidatos y candidatas para la consecución de los objetivos del Programa. Durante la misma se podrán realizar pruebas situacionales.
5.3. Durante el proceso de selección, el Jurado solicitará a quienes opten a la beca la documentación que estime necesaria para comprobar la veracidad de los datos aportados en la solicitud. La falta de aportación de dicha documentación en el plazo que se les confiera, permitirá al Jurado considerar como no acreditado el dato de que se trate, sin ulterior recurso.
5.4. A la vista de los resultados obtenidos en las distintas fases del proceso de selección, el Jurado propondrá a la FUNDACIÓN la concesión de las becas convocadas a las personas aspirantes que hayan obtenido una mayor puntuación y tengan el perfil y conocimientos más adecuados en relación a los requerimientos concretos de las áreas donde vayan a desarrollar las becas, teniendo en cuenta los requisitos exigidos por TELEFÓNICA en su oferta de becas.
5.5. La FUNDACIÓN concederá las becas de acuerdo con la propuesta del Jurado y comunicará a los interesados y a TELEFÓNICA la adjudicación de las mismas. El resto de las candidaturas quedarán como suplentes.
5.6. En cada proceso de selección, a propuesta del Jurado, y sólo en el caso de que concurran especiales motivos justificados para ello, la FUNDACIÓN podrá declarar desierta, total o parcialmente, la adjudicación de las becas que se convocan.
5.7. Los acuerdos que adopte el Jurado quedarán reflejados en un acta, que deberá ser firmada por por las personas integrantes del mismo y a la que podrán tener acceso quienes hayan presentado solicitud para el correspondiente proceso de selección.
En todo caso, dicho acceso sólo podrá ser efectuado, previa petición por escrito de las personas interesadas, en el domicilio de la FUNDACIÓN, sito en la calle Quintana, no 2, 3 planta, 28008 Madrid.

ANEXO A LAS BASES DE LA CONVOCATORIA

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 15 de marzo de2020
El inicio de la beca está previsto entre el 1 de junio y el 1 de julio de 2020
Titulaciones UNIVERSITARIAS a las que se refiere el apartado 3.2. de las Bases de la

Convocatoria para el actual proceso de selección
Campo de Estudios Área Titulación
Arquitectura Todas las áreas Grado, Doble Grado y Máster. Arquitectura

Técnica y Arquitectura

Ciencias Física Grado, Doble Grado y Máster. Diplomatura,
Licenciatura y Doble Licenciatura
Ciencias Matemáticas Grado, Doble Grado y Máster. Diplomatura,
Licenciatura y Doble Licenciatura
Ciencias del Trabajo Todas las áreas Grado, Doble Grado y Máster. Diplomatura,
Licenciatura y Doble Licenciatura
Comunicación e Información Todas las áreas Grado, Doble Grado y Máster. Diplomatura,
Licenciatura y Doble Licenciatura
Economía Todas las áreas Grado, Doble Grado y Máster. Diplomatura,
Licenciatura y Doble Licenciatura
Empresas Todas las áreas Grado, Doble Grado y Máster. Diplomatura,
Licenciatura y Doble Licenciatura
Ingeniería Civil y de Obras Públicas Grado, Doble Grado y Máster. Ingeniería

Técnica e Ingeniería

Ingeniería De Materiales Grado, Doble Grado y Máster. Ingeniería

Técnica e Ingeniería

Ingeniería De Organización Grado, Doble Grado y Máster. Ingeniería

Técnica e Ingeniería

Ingeniería De la Seguridad Grado, Doble Grado y Máster. Ingeniería

Técnica e Ingeniería

Ingeniería De Telecomunicación Grado, Doble Grado y Máster. Ingeniería

Técnica e Ingeniería

Quintana, no 2 – 3a planta - 28008 Madrid / Tlf.: 91 548 83 55 / FAX: 91 548 83 59 / N.I.F. G-86621281

Correo electrónico: becas@fundacionsepi.es

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Campo de Estudios Área Titulación
Ingeniería Electrónica y Automática Grado, Doble Grado y Máster. Ingeniería

Técnica e Ingeniería

Ingeniería Física Grado, Doble Grado y Máster. Ingeniería

Técnica e Ingeniería

Ingeniería Industrial Grado, Doble Grado y Máster. Ingeniería

Técnica e Ingeniería

Ingeniería Informática Grado, Doble Grado y Máster. Ingeniería

Técnica e Ingeniería

Jurídica Derecho Grado, Doble Grado y Máster. Diplomatura,
Licenciatura y Doble Licenciatura
Prevención y Seguridad Todas las áreas Grado, Doble Grado y Máster. Diplomatura,
Licenciatura y Doble Licenciatura

Titulaciones de FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO SUPERIOR a las que se refiere
el apartado 3.2. de las Bases de la Convocatoria para el actual proceso de selección
Campo de Estudios Área Titulación
Ciclo Formativo de Grado
Superior Administración y gestión Todas
Ciclo Formativo de Grado
Superior Comercio y Marketing Todas
Ciclo Formativo de Grado
Superior Edificación y Obra Civil Todas
Ciclo Formativo de Grado
Superior Electricidad y Electrónica Todas
Ciclo Formativo de Grado
Superior Energía y Agua Todas
Ciclo Formativo de Grado
Superior Informática y Comunicaciones Todas


Quintana, no 2 – 3a planta - 28008 Madrid / Tlf.: 91 548 83 55 / FAX: 91 548 83 59 / N.I.F. G-86621281

Correo electrónico: becas@fundacionsepi.es

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